A través del decreto 1225/2010 publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, y del jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, quedó reglamentada la ley de servicios de comunicación audiovisual, que consigna que fueron tomadas en cuenta opiniones y propuestas expresadas por la ciudadanía durante el plazo de quince días establecido por la aplicación de un mecanismo participativo para la elaboración de normas.
En su artículo segundo, el decreto faculta a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual a "dictar las normas complementarias y aclaratorias de la reglamentación que se aprueba por el presente decreto".
En tanto, el artículo tercero indica que "el presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial", es decir que comenzó a regir desde esta mañana.
"La Ley 26.522 busca garantizar la libertad de expresión en todas sus modalidades, promoviendo el más amplio pluralismo y diversidad de las manifestaciones que pudieran existir en la sociedad argentina", señalan los considerandos de la norma, que a la vez afirma que "estos objetivos se verían frustrados de no corregirse las situaciones preexistentes".
Por otro lado, la reglamentación del artículo 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual dispone que "la Autoridad de Aplicación establecerá los mecanismos de transición a los fines de adecuar la situación de la totalidad de los licenciatarios a lo dispuesto en la Ley 26.522".
En este sentido, el decreto publicado hoy diferencia tres modalidades para esta adecuación: la voluntaria, la constatación de oficio y la adecuación por transferencia de licencias.
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